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BLOQUES DE COMPETITIVIDAD DE GÉNERO

A partir de que en la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, promulgada el 23 de mayo de 2014, se estableció en el artículo 3 la prohibición de postular desproporcionadamente a alguno de los géneros en distritos “perdedores”, tanto el INE como los OPLES emitieron para el proceso electoral 2017-2018 lineamientos o criterios en ese sentido. En este último caso, varios contemplaron la creación de bloques de competitividad no sólo en distritos, sino también en demarcaciones y municipios, e incluso consideraron el criterio de número de habitantes

Destaca la diversidad de procedimientos que los distintos OPLEs concibieron para asegurar el equilibrio en las posibilidades de ganar, entre otros: