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PRESUPUESTO PARTICIPATIVO

En la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México, destaca la figura jurídica de presupuesto participativo, entendido como aquel sobre el cual los ciudadanos deciden respecto a la forma en que se aplican los recursos en proyectos específicos en las colonias y pueblos originaros en los rubros de obras y servicios, equipamiento, infraestructura urbana, prevención del delito, actividades recreativas, deportivas y culturales. Los recursos del presupuesto participativo corresponderán al 3% del presupuesto anual de las Demarcaciones.

Este ejercicio se realiza a través del procedimiento de consulta pública y tiene 2 elementos sustantivos: 1. Marco geográfico. Que sirve como base para la elección de comités ciudadanos y consejos de los pueblos; y que se actualizó en 2016, dando como resultado 1775 colonias y 40 pueblos originarios; 2. Sistema electrónico por internet. El diseño e implementación de dicho sistema fue respaldado mediante acuerdo del ISM, con el fin de poner a disposición de la ciudadanía una herramienta para recabar sus opiniones sobre presupuesto participativo.

Resultado de la emisión de sucesivas Convocatorias a lo largo del tiempo, se han incorporado una serie de innovaciones en materia de procedimientos y de acciones afirmativas. En ese sentido, se refiere la implementación del sistema electrónico por internet para la emisión de las opiniones. De igual forma, un sistema electrónico de registro de los proyectos que son propuestos por la ciudadanía. Asimismo, ha incorporado una serie de mecanismos para que aquellos ciudadanos de la Ciudad de México que viven/están en el extranjero puedan inscribir proyectos para el mejoramiento de las colonias. De igual forma, se establece en la convocatoria la posibilidad de que el proceso integro de la Consulta pueda ser analizado por la Red de Observadores Electorales del Instituto Electoral de la Ciudad de México. La Constitución Política de la Ciudad de México menciona los tres tipos de democracia en la que la ciudadanía puede participar y reconoce al IECM como un órgano autónomo dotado de atribuciones para administrar elecciones locales y conducir mecanismos de participación ciudadana.